Luigi FERRAJOLI, profesor italiano y defensor del llamado bioderecho liberal, sostiene que sí y que no: sí, el concebido es y no es persona.
De acuerdo con FERRAJOLI, el concebido será “persona” si su madre ―quien lo gesta― decide llevar a término el embarazo y darlo a luz, pues lo pensó y quiso como tal; si no es así y, en cambio, es la (misma) madre quien decide abortarlo ―póngale Ud. el límite temporal que prefiera―, el (mismo) concebido no será “persona”.
Está claro que, para el profesor italiano, la madre gestante sería la única persona que puede decidir si el concebido es, o no, “persona”, pues ―literalmente― ella (y nadie más que ella) “… está en condiciones de hacerlo nacer como tal”.
Como a su tiempo fuera señalado por Carlos I. MASSINI-CORREAS, en la lógica ferrajoliana la condición de “persona” del nonato termina siendo un mero atributo que le “otorga” o “niega” ―según su arbitrio― su madre gestante, en función de su siempre revisable ―y, por ello, contingente― voluntad.
En síntesis, la madre gestante es capaz de otorgar y negar el carácter de “persona” al concebido, en función de su “humor, las pulsiones u opiniones ocasionales” que pudiera experimentar, con lo que el concebido “… no sería propiamente un sujeto existencialmente autónomo, sino ―como señala MASSINI-CORREAS― el mero término material de una relación afectiva del otro sujeto”, la madre gestante.
Efectivamente, que un sujeto sea “un rato sí y un rato no” persona, es algo bastante desconcertante y poco serio a nivel teórico; pero que, además, ese mismo sujeto sea persona y, por decisión ―sin duda, unilateral― de otro, deje de serlo, es escalofriante; considerar, de otro lado, que algo tan voluble como una relación afectiva vacilante y contingente sea determinante para atribuir ―o negar― la personalidad de otro sujeto, es risible y, antes, peligroso ―al menos para quienes creemos en los derechos humanos, su respeto y defensa racional―.
La personalidad, la condición de “persona”, no pueden derivarse de (ni condicionarse por) una relación tan contingente; menos por un hecho como el de dar a luz, pues éste no es apto para conferir prerrogativas tales como decidir quién sí y quién no es persona.
Sobre el particular, son más que pertinentes las palabras del profesor alemán Robert SPAEMANN, que el propio MASSINI-CORREAS cita:
“[L]a independencia de la persona depende de que a ningún hombre le corresponda juzgar si otro hombre posee o no los rasgos fundamentales de la personalidad. Los derechos humanos dependen del hecho de que nadie tiene la prerrogativa de definir el círculo de aquellos a quienes corresponden o dejan de corresponder. Esto significa que, aunque se fundamenten en el carácter de persona del ser humano, se deben reconocer para todo ser que descienda del hombre y a partir del primer momento de su existencia natural, sin que sea lícito añadir".
Abg. Dante Gustavo Delgado Alata
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